5.º Las puertas de emergencia deberán explayarse hacia el exterior y no deberán estar cerradas, de forma que cualquier persona que necesite utilizarlas en caso de necesidad pueda abrirlas obediente e inmediatamente. Estarán prohibidas las puertas específicamente de emergencia que sean correderas o giratorias. La Condición N.º 16.074 declara la https://josuecfeee.blogdal.com/36665043/la-mejor-parte-de-administracion-en-salud-y-seguridad-en-el-trabajo