C) Los trabajadores no deberán estar expuestos de forma frecuente o continuada a corrientes de aire cuya velocidad exceda los siguientes límites: 2.º Lo dispuesto en el apartado inicial no se aplicará cuando el personal trabaje en despachos o en lugares de trabajo similares que ofrezcan posibilidades de descanso equivalentes https://seguridadysaludeneltrabaj81346.therainblog.com/33405952/consideraciones-a-saber-sobre-seguridad-y-salud-en-el-trabajo-colombia