A) Cuando una Oficina Pública requiera a otra para que anule o revise un acto que entienda que es ilegal y que constituya la pulvínulo para el que la primera haya de dictar en el ámbito de sus competencias, en el supuesto al que se refiere el apartado 5 del artículo 39 https://edwinaipuz.blogdiloz.com/31328733/datos-sobre-ventadeescritorios-com-mx-revelados