Cuando los trabajadores independientes laboren en actividades con clase de aventura I, II o III (definidas en el Decreto 1607 de 2002), le corresponde al contratista pagar el valía de la cotización al Sistema Militar de Riesgos Laborales; ARL SURA se une a la campaña del Profesión del Trabajo https://dinahx849pgs2.blogsmine.com/profile